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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 30 de junio de 1988 por la que se modifica parcialmente el sistema de aportación a los Servicios Periféricos del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria.

BOE-A-1988-16643Publicada: 05/07/1988MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Modificación en la aportación de los ayuntamientos para la gestión catastral** Esta orden ministerial de 1988 ajusta cómo los ayuntamientos contribuyen económicamente a los servicios que gestionan el catastro y la cooperación tributaria. Estos servicios son esenciales para la administración de los impuestos relacionados con la propiedad inmobiliaria. Concretamente, se agiliza el proceso para que los ayuntamientos que no recaudan ciertos impuestos territoriales (rústica, pecuaria y urbana) a través del Estado, realicen su aportación en efectivo para cubrir los gastos de estos servicios periféricos. Si no pagan en quince días, se les descontará directamente de las transferencias que reciben del Fondo Nacional de Cooperación Municipal. La orden entró en vigor tras su aprobación, modificando la operativa establecida en 1986 para adaptarla a las circunstancias de la recaudación de tributos locales en ese momento, buscando simplificar y agilizar el procedimiento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 1988 surge para modificar la operativa de aportación municipal a los Servicios Periféricos del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, establecida previamente en 1986. Esta normativa nacional se enmarca en un contexto de descentralización y cooperación entre el Estado y los municipios en materia tributaria, especialmente en lo referente a los impuestos sobre bienes inmuebles. A diferencia de otras comunidades autónomas que pudieran tener sistemas de gestión tributaria propios, esta orden se centra en la coordinación nacional. Su importancia radica en asegurar la financiación y el correcto funcionamiento de los servicios catastrales y de inspección tributaria, garantizando así la eficiencia en la recaudación y administración de los tributos locales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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