Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 12/2015, de 29 de diciembre, para la recuperación del servicio público de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico, de titularidad de la Generalitat.

BOE-A-2016-1272Publicada: 10/02/2016Comunitat Valenciana

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una ley que tiene por objeto recuperar el servicio público de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico en la Comunitat Valenciana, que había sido cerrado anteriormente. La ley busca establecer las bases para crear un nuevo modelo de medios de comunicación audiovisuales públicos autonómicos que sirva para promover y difundir la identidad, la lengua y la cultura valenciana, permitiendo que los ciudadanos tengan acceso a información y comunicación en lengua propia desde medios públicos propios. **¿A quién afecta?** Afecta a todos los ciudadanos de la Comunitat Valenciana, ya que se trata de un servicio público que les corresponde recibir. Especialmente afecta a los hablantes de valenciano, quienes actualmente tienen una representación prácticamente inexistente en los medios audiovisuales. También afecta al sector audiovisual y a los profesionales que trabajan en él. **¿Qué cambia o establece?** La ley revierte la supresión anterior del servicio público de radiodifusión y televisión que había sido establecida por la Ley 4/2013. Establece el derecho de los ciudadanos valencianos a disponer de medios audiovisuales públicos de ámbito autonómico que ofrezcan programación en lengua valenciana, garantizando que exista una oferta de comunicación audiovisual que refleje la diversidad cultural y lingüística propia de la comunidad, derechos que la ley reconoce como fundamentales según la Constitución española y tratados internacionales.

💬 Contexto ciudadano

La Ley 12/2015 revierte la supresión de 2013, recuperando un modelo que coexiste en Cataluña, Galicia y Euskadi, donde los servicios públicos autonómicos mantienen décadas de presencia institucional. A diferencia de estas regiones con lenguas co-oficiales que preservaron sus canales, Valencia había optado por cerrar el suyo, generando un vacío en la oferta de contenidos en valenciano. La norma se alinea con el marco europeo de pluralismo mediático (directiva SMAV), que enfatiza el derecho de cada comunidad a garantizar acceso a información en su lengua propia. Para el ciudadano valenciano resulta relevante porque restaura el derecho fundamental a una comunicación audiovisual que refleje su identidad lingüística y cultural, restableciendo el equilibrio informativo frente a la predominancia de contenidos en castellano.

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