Saltar al contenido principal
ResoluciónNacionalvigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 7331-2015, en relación con la letra "c" de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, por posible vulneración de los artículos 9.2 y 14 CE.

BOE-A-2016-1237Publicada: 09/02/2016TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una decisión del Tribunal Constitucional que admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad. Esto significa que el tribunal acepta revisar si una norma legal es contraria a la Constitución. En concreto, examina la letra "c" de la disposición adicional decimoquinta de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2008, porque se alega que vulnera los artículos 9.2 y 14 de la Constitución Española. **¿A quién afecta?** Afecta a todas las partes que intervienen en el procedimiento ordinario número 234/2014 ante la Audiencia Nacional. Estas partes tienen derecho a personarse ante el Tribunal Constitucional en los quince días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado para defender sus intereses ante la revisión de constitucionalidad. **¿Qué cambia o establece?** Establece que la Sala Primera del Tribunal Constitucional es la encargada de conocer y resolver esta cuestión de inconstitucionalidad. Así mismo, fija un plazo de quince días naturales, contados desde la publicación del edicto, para que las partes del procedimiento original se presenten ante el tribunal constitucional si lo desean.

💬 Contexto ciudadano

La cuestión de inconstitucionalidad constituye el mecanismo de control de constitucionalidad más importante en España, mediante el cual jueces ordinarios someten a revisión normas legales en caso de duda fundada. Antes de este procedimiento, la disposición cuestionada de los Presupuestos 2008 operaba sin control constitucional previo sobre estos aspectos. Este sistema de control difuso es comparable al de otros ordenamientos europeos, aunque el monopolio del Tribunal Constitucional en su resolución es característico del modelo europeo concentrado. La invalidación de una disposición presupuestaria tiene implicaciones transversales para administraciones y ciudadanos afectados por su aplicación, especialmente si invade competencias o vulnera igualdad; por ello, aunque solo las partes en el procedimiento original pueden personarse, sus efectos potenciales justifican la transparencia mediante publicación en BOE, garantizando que cualquier ciudadano interesado comprenda que una norma aparentemente consolidada está siendo revisada.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →