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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 1083/1988, de 23 de septiembre, por el que se suspenden y modifican determinados derechos arancelarios.

BOE-A-1988-22573Publicada: 29/09/1988MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Ajuste en derechos de importación de la CEE** Este documento es una corrección a un Real Decreto anterior que modificaba temporalmente los impuestos (derechos arancelarios) para productos que llegan a España desde otros países de la Comunidad Económica Europea (CEE). Básicamente, se trata de arreglar un pequeño error en la redacción original para que la norma se aplique correctamente. Lo que cambia es que se aclara que la suspensión temporal de estos impuestos, que empezó el 1 de octubre de 1988 y duraba tres meses, no se aplica a ciertos productos específicos. Estos productos están detallados en un artículo concreto del Acta de Adhesión, que es el documento por el cual España se unió a la CEE. La corrección entró en vigor el 29 de septiembre de 1988, coincidiendo con su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Sin embargo, la medida que se corrige, la suspensión de derechos arancelarios, ya estaba en vigor desde el 1 de octubre de 1988. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1988 es una corrección técnica a una medida temporal de política comercial. Previamente, se había aprobado una suspensión parcial de aranceles para productos importados de la CEE, buscando alinear los niveles arancelarios con los compromisos de adhesión de España a la Comunidad. La corrección aclara que esta suspensión no aplicaba a un grupo específico de productos definidos en el Acta de Adhesión. En el contexto de la época, España estaba integrándose plenamente en la CEE, y este tipo de ajustes eran necesarios para cumplir con los acuerdos comunitarios y armonizar la legislación nacional con la europea, algo fundamental para el libre comercio dentro del mercado común. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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