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ResoluciónNacionalvigente

Acuerdo Internacional Administrativo entre la Organización Mundial del Turismo y la Secretaría de Estado de Turismo del Gobierno de España para la celebración de la 103ª reunión del Consejo Ejecutivo de la OMT, hecho en Madrid el 16 de diciembre de 2015.

BOE-A-2016-1204Publicada: 08/02/2016MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es un acuerdo entre la Organización Mundial del Turismo (OMT) y el Gobierno de España para realizar la 103ª reunión del Consejo Ejecutivo de la OMT en Málaga del 9 al 11 de mayo de 2016. El acuerdo establece las condiciones administrativas, los servicios que España proporcionará y las responsabilidades de ambas partes para que la reunión se celebre correctamente. **¿A quién afecta?** Afecta a los delegados, funcionarios y visitantes que asistan a la reunión de la OMT en Málaga. También afecta al Gobierno de España, al Ayuntamiento de Málaga y a la empresa "Málaga Turismo Costa del Sol", que serán responsables de proporcionar los servicios y garantizar las condiciones necesarias para el evento. **¿Qué cambia o establece?** Establece que España proporcionará personal, oficinas, equipos de interpretación, mobiliario y equipos de reproducción de documentos necesarios para la reunión. España es responsable de la seguridad de los participantes siguiendo los estándares de las Naciones Unidas, y se compromete a indemnizar a la OMT por cualquier daño, excepto si lo causó negligencia grave de la propia Organización. Ambas partes se comprometen a mantener contacto constante y nombrarán coordinadores para preparar y desarrollar la reunión. Cualquier cambio al acuerdo debe ser aprobado por ambas partes por consenso.

💬 Contexto ciudadano

España ha suscrito históricamente acuerdos administrativos similares con organismos internacionales para albergar eventos, siguiendo el marco de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados. Este acuerdo replica la estructura estándar de la OMT con otros países anfitriones, estableciendo responsabilidades de infraestructura y seguridad sin otorgar inmunidades diplomáticas plenas. A diferencia de tratados internacionales permanentes, se circunscribe a un evento puntual (mayo 2016), requiriendo aprobación del Consejo de Ministros español y ratificación de la OMT. La importancia para el ciudadano radica en que clarifica responsabilidades administrativas, garantiza estándares de seguridad según protocolos de Naciones Unidas y establece cobertura de indemnización ante incidentes, generando certidumbre jurídica sobre el evento y sus consecuencias para la ciudad anfitriona.

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