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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1390/1988, de 18 de noviembre, por el que se modifican las cuantías mínimas de los capitales sociales y fondos mutuales previstos en el artículo 10 de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado.

BOE-A-1988-27019Publicada: 23/11/1988MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Aumentan los requisitos de dinero para las aseguradoras** Este Real Decreto actualiza las cantidades mínimas de dinero que las empresas de seguros deben tener para poder operar en España. La idea es asegurar que estas compañías tengan suficiente solvencia y respaldo financiero para proteger a los asegurados. Concretamente, se incrementan los capitales sociales y fondos mutuales que las aseguradoras necesitan para empezar a ofrecer sus servicios. Esto se hace para que las garantías financieras se mantengan al día con el crecimiento del mercado asegurador y para que solo operen empresas con una capacidad económica adecuada. Este cambio entró en vigor el 23 de noviembre de 1988, fecha de publicación del Real Decreto. Las aseguradoras ya existentes tuvieron un plazo para adaptarse a las nuevas exigencias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Ley de Ordenación del Seguro Privado de 1984 ya establecía unos mínimos de capital para las aseguradoras. Este Real Decreto de 1988 actualiza esas cifras, aplicando un índice basado en el crecimiento de la recaudación del sector. El objetivo es reforzar la solvencia de las empresas de seguros y, por ende, la protección de los asegurados y la confianza en el sector. A diferencia de otras normativas europeas que podían tener requisitos distintos, esta norma es de ámbito nacional. El Gobierno, facultado por la ley, es quien aprueba estas actualizaciones para evitar que el paso del tiempo y la evolución del mercado dejen obsoletas las garantías financieras iniciales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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