Orden de 14 de noviembre de 1988 sobre fijación del derecho compensatorio variable a la importación de patata para consumo en las islas Canarias.
¿Qué dice esta ley?
**Adiós al impuesto a la patata importada en Canarias** Esta orden ministerial establece que ya no se aplicará un impuesto variable a la patata que se importa para el consumo en las Islas Canarias. Anteriormente, existía un sistema para regular estas importaciones y proteger la producción local, que implicaba un pago por cada kilo de patata que llegaba de fuera. Lo que cambia concretamente es que este impuesto, que antes era de 15 pesetas por kilo, pasa a ser de cero pesetas. Esto significa que la patata importada para el consumo en Canarias será más barata a partir de ahora, ya que no se le aplicará este cargo adicional. La medida entró en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, aunque sus efectos prácticos, es decir, la eliminación del pago, se aplicaron desde el 8 de noviembre de 1988. La orden se publicó en 1988. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta orden de 1988, las importaciones de patata a Canarias estaban sujetas a un derecho compensatorio variable, un mecanismo diseñado para proteger la producción local frente a las fluctuaciones del mercado y la competencia exterior. Esta regulación, establecida en normativas anteriores, permitía ajustar el precio de la patata importada. La presente orden, al fijar este derecho en cero pesetas, elimina de facto dicho impuesto. Esta medida, de ámbito nacional pero con impacto específico en Canarias, se produce en un contexto donde la protección de mercados insulares es una preocupación recurrente, aunque las estrategias varían entre comunidades autónomas y a nivel europeo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────