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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 24 de octubre de 1988, regulando las operaciones de cierre del ejercicio de 1988, en relación con la contabilidad de gastos públicos.

BOE-A-1988-26026Publicada: 14/11/1988MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Cierre de Cuentas Públicas de 1988** Esta orden ministerial establece las normas para cerrar la contabilidad de los gastos del Estado al finalizar el año 1988. Su objetivo es asegurar que todas las operaciones financieras del ejercicio se registren y liquiden correctamente antes de dar paso al nuevo año fiscal. Concretamente, se fijan fechas límite para la concesión de créditos extraordinarios, el pago de nóminas y pagas extraordinarias de diciembre, y la tramitación de pagos y documentos contables. También se establecen procedimientos para la recepción y el registro de la documentación financiera. La orden entró en vigor el 14 de noviembre de 1988, aunque las disposiciones relativas al cierre del ejercicio se aplican a las operaciones que se realicen hasta el 31 de diciembre de 1988. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1988 se enmarca en la necesidad de establecer un procedimiento claro y ordenado para el cierre del ejercicio presupuestario de los gastos públicos. Antes de su promulgación, la gestión de las operaciones contables al final del año podía generar incertidumbre. La normativa busca armonizar los plazos y procedimientos para garantizar la correcta liquidación de las cuentas. A diferencia de normativas más recientes que pueden estar armonizadas a nivel europeo, en 1988 las directrices eran eminentemente nacionales, dictadas por el Ministerio de Economía y Hacienda para toda la Administración Pública española. Su importancia radica en la transparencia y eficiencia en la gestión de los fondos públicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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