Corrección de erratas de la Resolución de 17 de noviembre de 1988, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros del día 28 de octubre de 1988, por el que se revisa el porcentaje de incremento de la indemnización por residencia en Ceuta y Melilla, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988.
¿Qué dice esta ley?
**Ajuste en el coste de la harina de trigo para Canarias** Esta orden ministerial establece un nuevo coste, o derecho regulador, para la importación de harina de trigo panificable destinada a las Islas Canarias. Su objetivo es fijar un precio específico para este producto cuando entra en el archipiélago desde fuera de la Unión Europea. Concretamente, se fija en 3.559 pesetas por cada tonelada métrica de harina de trigo panificable. Este importe se aplicará a las importaciones que entren en Canarias y se mantendrá vigente hasta que se decida realizar una nueva modificación. La medida entra en vigor en el mismo momento en que esta Orden sea publicada oficialmente. A partir de esa fecha, las empresas que importen este tipo de harina a las Canarias deberán tener en cuenta esta nueva cuantía establecida por el Ministerio. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden Ministerial de 13 de diciembre de 1988, firmada por Solchaga Catalán, se enmarca en la política de protección y regulación de mercados agrícolas, especialmente relevante para territorios insulares como Canarias. Antes de esta orden, existían mecanismos para fijar derechos de importación, buscando equilibrar la producción local con la necesidad de abastecimiento. Esta medida específica para la harina de trigo panificable en Canarias responde a la necesidad de adaptar las condiciones de mercado, posiblemente para proteger a los productores locales o asegurar un precio estable para los consumidores. La UE, en su momento, también ha tenido políticas similares de protección de mercados agrícolas, aunque las competencias y los instrumentos han evolucionado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────