Resolución de 17 de noviembre de 1988, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Ministros del día 28 de octubre de 1988 por la que se revisa el porcentaje de incremento de la indemnización por residencia en Ceuta y Melilla en aplicación de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988.
¿Qué dice esta ley?
**Aumento de la paga extra por vivir en Ceuta y Melilla** Este acuerdo del Consejo de Ministros de 1988 se refiere a un incremento en la indemnización por residencia para los funcionarios que trabajan en Ceuta y Melilla. Básicamente, es una paga adicional que reciben estas personas por vivir y ejercer su profesión en estas ciudades autónomas, reconociendo las particularidades de su ubicación. Lo que cambia concretamente es que el porcentaje de aumento de esta indemnización se eleva. Si antes se había fijado un incremento del 4%, ahora se revisa y se establece en un 6% sobre las cantidades que se pagaban en 1987. Además, se detallan nuevas cuantías específicas para diferentes grupos de funcionarios, asegurando que nadie pierda lo que ya cobraba si el nuevo cálculo resulta menor. Esta medida entró en vigor con efectos económicos a partir del 1 de septiembre de 1988. Por lo tanto, los funcionarios destinados en Ceuta y Melilla empezaron a percibir esta indemnización actualizada desde esa fecha, según lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para ese año. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1988 actualiza una compensación económica para funcionarios en Ceuta y Melilla, revisando el porcentaje de incremento de su indemnización por residencia. Anteriormente, la Ley de Presupuestos de 1987 ya contemplaba un aumento, pero este acuerdo lo eleva. A diferencia de otras Comunidades Autónomas, que tienen regímenes retributivos propios, esta medida se aplica a nivel nacional para los territorios específicos de Ceuta y Melilla. El Consejo de Ministros aprobó esta revisión, que fue publicada por la Subsecretaría. Su importancia radica en reconocer las condiciones particulares de estas ciudades y asegurar una compensación adecuada para el personal del Estado destinado allí. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────