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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 25 de enero de 1989, por la que se fija el derecho regulador para las importaciones de harinas de trigo panificable en las Islas Canarias.

BOE-A-1989-2525Publicada: 03/02/1989MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Un nuevo impuesto para la harina de trigo en Canarias** Esta orden establece un nuevo impuesto o derecho para la importación de harinas de trigo destinadas a la elaboración de pan en las Islas Canarias. Su objetivo es regular el coste de este producto básico para los consumidores canarios, afectando directamente a las empresas que importan esta materia prima. Lo que cambia concretamente es la aplicación de una tasa de 5.530 pesetas por cada tonelada métrica de harina de trigo panificable que se importe a las islas. Este importe se suma al coste total de la harina, lo que podría repercutir en el precio final del pan. La medida entró en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el 3 de febrero de 1989, y se mantendrá vigente hasta que se decida modificarla o anularla. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la regulación de los derechos de importación para productos agrícolas en las Islas Canarias seguía normativas específicas, a menudo ligadas a la protección de la producción local y a la compensación por la lejanía. Esta orden ministerial, de 1989, fijó un arancel concreto para la harina de trigo panificable, un alimento básico. A diferencia de otras Comunidades Autónomas peninsulares, las islas han tenido históricamente regímenes fiscales y arancelarios diferenciados debido a su condición ultraperiférica. La aprobación de esta orden por el Ministerio de Economía y Hacienda respondía a la necesidad de equilibrar los costes de producción y garantizar el acceso a un suministro estable de harina, lo cual es fundamental para la economía y la vida cotidiana del archipiélago. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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