Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 24 de noviembre de 1988 sobre las estaciones repetidoras colectivas de radioaficionado.

BOE-A-1989-904Publicada: 14/01/1989MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

**Pequeños ajustes en la normativa de radioaficionados** Esta orden ministerial corrige errores detectados en una orden anterior de 1988, que regulaba las estaciones repetidoras para radioaficionados. Se trata de una actualización técnica para asegurar que la información oficial sea precisa y clara. Los cambios son muy específicos y se refieren a la forma de escribir ciertas unidades de medida (de MHZ a MHz) y a la corrección de un rango de frecuencias que se mencionaba incorrectamente. También se ajusta una referencia a un artículo dentro de la propia normativa. Esta corrección de errores entró en vigor el 14 de enero de 1989, fecha de su publicación. Su objetivo es garantizar la correcta aplicación de las normas que afectan a los radioaficionados y sus equipos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 24 de noviembre de 1988 establecía las bases para las estaciones repetidoras colectivas de radioaficionado en España. La presente Orden de 14 de enero de 1989 actúa como una fe de erratas, corrigiendo errores tipográficos y de referencia que se habían deslizado en la publicación original del Boletín Oficial del Estado. Estos ajustes son habituales en la tramitación normativa para asegurar la precisión técnica y jurídica. A diferencia de normativas más amplias que pueden variar entre comunidades autónomas o alinearse con directivas europeas, esta corrección es de carácter técnico y nacional, afectando directamente a la interpretación y aplicación de la normativa existente por parte de los radioaficionados y la administración. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →