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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de erratas de la Resolución de 20 de marzo de 1989, de la Dirección General de Transacciones Exteriores, sobre cuentas a nombre de Empresas de comercio exterior en divisas y en pesetas, autorizadas al amparo del Real Decreto 380/1988, de 22 de abril.

BOE-A-1989-9353Publicada: 26/04/1989MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Corrección de errores en normativa sobre cuentas de comercio exterior** Esta normativa se refiere a la corrección de pequeños errores detectados en una resolución anterior de 1989 que regulaba las cuentas bancarias en divisas y pesetas para empresas dedicadas al comercio exterior. Su objetivo es asegurar que la información oficial sea precisa y clara para las empresas que operan en este ámbito. Los cambios concretos son de carácter formal y de redacción. Por ejemplo, se aclara que los abonos en una cuenta especial en pesetas provienen de traspasos de cuentas ordinarias de pesetas, o se pluraliza el término para referirse a varias cuentas en divisas en el extranjero. También se corrigen pequeñas faltas de ortografía o de concordancia gramatical. Esta corrección de erratas entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que fue el 26 de abril de 1989. Su aplicación es inmediata para subsanar los errores detectados en el documento original. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Resolución de 1989, ahora corregida, establecía las normas para las cuentas bancarias de empresas de comercio exterior, tanto en divisas como en pesetas, autorizadas bajo un Real Decreto específico. Antes de esta corrección, existían imprecisiones que podían generar dudas en la interpretación de la normativa. A diferencia de otras normativas más recientes o de ámbito europeo, esta se centraba en un aspecto muy concreto de la operativa financiera de las empresas de comercio exterior en España. La corrección, aprobada por la Dirección General de Transacciones Exteriores, es importante porque garantiza la seguridad jurídica y la claridad en la aplicación de las reglas, evitando posibles malentendidos o interpretaciones erróneas por parte de las empresas afectadas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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