Resolución de 25 de abril de 1989, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, del día 20 de abril de 1989, por el que se determina la renta equivalente establecida por la disposición adicional de la Ley 45/1985, de 23 de diciembre, y desarrollada por Real Decreto 651/1988, de 24 de junio, sobre productos petrolíferos monopolizados importados a consumo.
¿Qué dice esta ley?
**Actualización de precios para combustibles importados** Este acuerdo del Gobierno de 1989 establece una nueva cantidad, llamada 'renta equivalente', que se aplica a ciertos productos petrolíferos importados y destinados al consumo. Esencialmente, es una forma de ajustar el precio de estos combustibles para que sea comparable con los producidos en España, considerando las variaciones en los costes de adquisición de la industria nacional. Lo que cambia concretamente es la fijación de cifras específicas en pesetas por metro cúbico para la gasolina sin plomo y para los gasóleos A y B. Estos valores actualizan los establecidos previamente y buscan reflejar mejor las condiciones del mercado en ese momento. Las gasolinas con diferentes octanajes también se mencionan, aunque algunas no tienen una cifra asignada en este acuerdo. La entrada en vigor de estas nuevas rentas equivalentes se produce al día siguiente de su publicación oficial en el Boletín Oficial del Estado. Esto significa que los cambios en el coste o la forma de calcular el precio de estos productos importados se harían efectivos de manera inmediata tras su anuncio público. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, la determinación de la 'renta equivalente' para productos petrolíferos monopolizados importados se regía por la Ley 45/1985 y el Real Decreto 651/1988. Este acuerdo de 1989 actualiza dichas cifras, reflejando variaciones en los precios de adquisición de la industria nacional. A diferencia de normativas más recientes que podrían armonizar criterios a nivel europeo, esta medida es de ámbito nacional y busca mantener la equidad en los precios de combustibles importados frente a los de producción interna. La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, órgano con capacidad para tomar estas decisiones, aprobó esta modificación para asegurar la coherencia del mercado petrolífero español. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────