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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 12 de mayo de 1989 por la que se modifica la lista positiva de aditivos autorizados en la elaboración de cereales en copos o expandidos.

BOE-A-1989-11806Publicada: 24/05/1989MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas reglas para los cereales de desayuno** Esta orden ministerial actualiza la lista de ingredientes permitidos en la fabricación de cereales en copos o expandidos, como los que solemos desayunar. Su objetivo es garantizar la seguridad alimentaria y permitir la innovación en la industria, basándose en los avances científicos y técnicos. Lo más importante es que se autoriza el uso de la lecitina (E-322) como estabilizante y emulgente, pero solo en cereales con cacao y con un límite máximo en el producto final. También se ajustan las condiciones de uso de otros aditivos como el ácido ascórbico y el ácido cítrico. La orden entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que estos cambios se aplicaron de forma inmediata tras su publicación en mayo de 1989. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden de 1989, la regulación de aditivos alimentarios en España se basaba en normativas previas, como el Real Decreto 1094/1987. Esta orden ministerial específica modifica la lista de aditivos permitidos para cereales en copos o expandidos, introduciendo la lecitina (E-322) y ajustando el uso de otros. La normativa española en materia de aditivos alimentarios busca la uniformidad a nivel nacional, en línea con los principios de unidad del sistema sanitario y garantía de igualdad en el derecho a la salud. A nivel europeo, la legislación sobre aditivos alimentarios ha evolucionado considerablemente desde entonces, buscando una armonización más profunda y rigurosa de las listas positivas y sus condiciones de uso. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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