Resolución de 25 de julio de 1989, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, del día 20 de julio de 1989, por el que se determina la renta equivalente establecida por la disposición adicional de la Ley 45/1985, de 23 de diciembre, y desarrollada por Real Decreto 651/1988, de 24 de junio, sobre productos petrolíferos monopolizados importados a consumo.
¿Qué dice esta ley?
**Actualización de precios para combustibles importados** Este acuerdo del Gobierno de 1989 establece nuevas tarifas, conocidas como 'renta equivalente', para ciertos productos petrolíferos que se importan para su consumo en España. Básicamente, se trata de un ajuste en el coste que se repercute sobre estos combustibles. Lo que cambia concretamente es que se fijan cantidades específicas en pesetas por metro cúbico para diferentes tipos de gasolinas y gasóleos. Por ejemplo, la gasolina sin plomo tendrá una renta equivalente de 3.509 pesetas por metro cúbico, y los gasóleos A y B, 9.455 pesetas. La entrada en vigor de estas nuevas tarifas se produce al día siguiente de su publicación oficial en el Boletín Oficial del Estado. Esto significa que, tras su anuncio, los nuevos importes se aplicarían de inmediato en el mercado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Este acuerdo de 1989 actualiza la 'renta equivalente' de productos petrolíferos monopolizados importados, un concepto derivado de la Ley 45/1985 y desarrollado por un Real Decreto posterior. Antes de esta resolución, existían otras tarifas que ahora se revisan debido a variaciones en los precios de adquisición de estos productos a la industria nacional. La determinación de esta renta equivalente es una competencia del Gobierno, específicamente de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos. La importancia radica en que estas cifras influyen directamente en el coste final de ciertos combustibles importados para el consumidor, afectando la política de precios en el sector energético. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────