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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 25 de agosto de 1989 por la que se aprueba la lista positiva de aditivos autorizados en la elaboración de platos preparados precocinados y platos preparados cocinados.

BOE-A-1989-21744Publicada: 06/09/1989MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Lista de ingredientes permitidos en comidas preparadas** Esta orden establece qué sustancias, conocidas como aditivos, se pueden añadir legalmente a los platos preparados que compramos listos para cocinar o comer. Su objetivo es garantizar la seguridad alimentaria y la calidad de estos productos para los consumidores. Concretamente, se aprueba una lista oficial que detalla los aditivos autorizados y las condiciones en las que pueden usarse. Esto significa que las empresas que elaboran estos alimentos deben seguir esta lista para asegurar que los ingredientes que utilizan son seguros y están permitidos por la ley. La orden entró en vigor el 6 de septiembre de 1989, fecha en la que se publicó. Desde entonces, regula el uso de aditivos en la elaboración de platos preparados a nivel nacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la regulación de aditivos alimentarios en España era menos específica para platos preparados. La normativa europea, aunque en desarrollo en 1989, buscaba armonizar criterios. Esta orden ministerial, de ámbito nacional, unifica la lista de aditivos permitidos para platos precocinados y cocinados, asegurando una protección uniforme para todos los consumidores españoles. Su aprobación por el Ministerio de Sanidad y Consumo responde a la necesidad de adaptar la legislación a los avances científicos y técnicos, garantizando la seguridad alimentaria y la competencia leal entre fabricantes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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