Saltar al contenido principal
ResoluciónNacionalvigente

Entrada en vigor del Convenio de sede entre el Reino de España y la Organización Mundial del Turismo, hecho en Madrid el 25 de junio de 2015.

BOE-A-2016-2934Publicada: 25/03/2016MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es un acuerdo entre España y la Organización Mundial del Turismo que fue firmado en Madrid el 25 de junio de 2015. Este convenio establece las condiciones de la sede de esta organización internacional en territorio español. **¿A quién afecta?** Afecta a España como país anfitrión y a la Organización Mundial del Turismo como organismo internacional que establece su sede en Madrid. También afecta a las relaciones diplomáticas y administrativas entre ambas partes. **¿Qué cambia o establece?** El convenio entró en vigor el 16 de noviembre de 2015, una vez que ambas partes completaron los trámites legales necesarios. Con esta entrada en vigor, se formaliza la presencia y funcionamiento de la Organización Mundial del Turismo como organismo con sede en España, regulando sus derechos, obligaciones y condiciones de operación en territorio español.

💬 Contexto ciudadano

El Convenio de Sede de la Organización Mundial del Turismo en Madrid formalizó una situación que, aunque operativa informalmente, carecía de marco legal explícito. Antes de su entrada en vigor en 2015, la OMT funcionaba sin un acuerdo que regulara sus privilegios, inmunidades y condiciones de operación en territorio español. Este modelo de acuerdos de sede es estándar en derecho internacional público, comparable a convenios suscritos por otros países para albergar organismos multilaterales (como la OMPI en Ginebra o la EFSA en Parma bajo la normativa comunitaria europea). El convenio fue aprobado por España y por la OMT conforme a sus respectivos marcos constitucionales, sin requerir ratificación adicional de las comunidades autónomas al tratarse de una competencia exclusiva de relaciones internacionales. Para el ciudadano español importa porque otorga seguridad jurídica a una institución que posiciona a España como referente global en turismo, generando inversión directa, empleo en Madrid y protagonismo en la gobernanza turística mundial, mientras que simultáneamente establece privilegios e inmunidades que equilibran la contribución española a la organización.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →