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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 16 de octubre de 1989 por la que se fija el derecho regulador para las importaciones de harinas de trigo panificable en las islas Canarias.

BOE-A-1989-26428Publicada: 09/11/1989MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Nuevo impuesto para la harina de trigo en Canarias** Esta orden establece un nuevo gravamen, conocido como derecho regulador, que se aplicará a las importaciones de harina de trigo destinada a la elaboración de pan en las Islas Canarias. Su objetivo es ajustar los costes de este producto básico en el archipiélago. Concretamente, se fija una cantidad de 3.103 pesetas por cada tonelada de harina de trigo panificable que se importe. Este importe se suma al coste total de la harina, afectando indirectamente al precio final del pan para los consumidores canarios. Esta medida entró en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y se mantendrá vigente hasta que se decida modificarla o anularla por una nueva disposición. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1989, dictada por el Ministerio de Economía y Hacienda, fijó un derecho regulador específico para la importación de harinas de trigo panificable en las Islas Canarias. En aquel momento, se buscaba armonizar los precios de productos básicos en el archipiélago, que históricamente ha tenido regímenes fiscales diferenciados. La medida se enmarcaba en la política agraria común de la UE y buscaba compensar las particularidades geográficas y económicas de Canarias. Otras comunidades autónomas no tenían este tipo de gravámenes específicos para la harina, lo que subraya la singularidad de esta disposición para el territorio insular. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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