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Real DecretoNacionalvigente

Resolución de 22 de marzo de 1990, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos del día 8 de marzo de 1990, por el que se determina la renta equivalente establecida por la disposición adicional de la Ley 45/1985, de 23 de diciembre, y desarrollada por Real Decreto 651/1988, de 24 de junio, sobre productos petrolíferos monopolizados a consumo.

BOE-A-1990-7523Publicada: 24/03/1990MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de precios para combustibles importados** Este acuerdo del Gobierno de 1990 establece nuevas cifras para la "renta equivalente" de ciertos productos petrolíferos importados para su consumo. En términos sencillos, se trata de una cantidad que se suma al precio de estos combustibles para reflejar su coste y las políticas económicas del momento. Lo que cambia concretamente es la fijación de nuevos importes en pesetas por metro cúbico para gasolinas (sin plomo, 97 octanos y 92 octanos) y gasóleos (A y B). Estos valores actualizan los establecidos previamente por leyes y reales decretos anteriores. La entrada en vigor de estas nuevas rentas equivalentes se produjo al día siguiente de su publicación oficial en el Boletín Oficial del Estado, es decir, a partir del 25 de marzo de 1990. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este acuerdo de 1990 actualiza la "renta equivalente" para productos petrolíferos importados, una figura legal que existía para ajustar el precio de estos bienes. Anteriormente, la Ley 45/1985 y el Real Decreto 651/1988 ya habían establecido mecanismos para esto. La decisión, tomada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, refleja la necesidad de adaptar los precios a las variaciones del mercado. Aunque no se compara directamente con otras CCAA o la UE, este tipo de regulaciones eran comunes a nivel nacional para gestionar sectores estratégicos. La aprobación por parte del Gobierno central subraya la importancia de estos productos para la economía del país en aquel momento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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