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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 8 de marzo de 1990 por la que se modifica la de 12 de marzo de 1987 que establece las normas fitosanitarias relativas a la importación, exportación y tránsito de vegetales y productos vegetales en aplicación de la Directiva 77/93/CEE, y sus modificaciones.

BOE-A-1990-6250Publicada: 13/03/1990MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Facilitación en la entrada de maderas y otros productos vegetales** Esta orden ministerial actualiza las normas sobre la entrada, salida y paso de plantas y sus productos. El objetivo es adaptar la legislación española a una directiva europea que permite ciertas excepciones para agilizar los trámites, especialmente en el comercio. Concretamente, se elimina la exigencia de un certificado fitosanitario de origen para maderas que estén descortezadas. También se flexibilizan los requisitos para otros vegetales y productos si estas condiciones pueden cumplirse en un lugar diferente al de su origen, facilitando así su movimiento. Esta modificación entró en vigor el 13 de marzo de 1990, adaptando la normativa española a las directivas europeas vigentes en ese momento para armonizar las reglas del comercio de productos vegetales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 1990 modificó una normativa anterior de 1987, que a su vez transponía una directiva comunitaria de 1977. El cambio principal consistió en flexibilizar la exigencia del certificado fitosanitario de origen para maderas descortezadas y otros productos vegetales, siempre que los requisitos fitosanitarios pudieran cumplirse en el lugar de destino. Esta medida buscaba agilizar el comercio intracomunitario y con terceros países, alineándose con las directivas europeas que evolucionaban para facilitar el mercado único. España, como miembro de la UE, debía adaptar su legislación fitosanitaria a estas normativas comunitarias, a diferencia de países fuera de la UE que seguían sus propias regulaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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