Reglamento UENacionalvigente

Denuncia por España del Reglamento número 15 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos equipados con un motor de encendido por chispa o de un motor de encendido por compresión en lo que se refiere a la emisión de gases contaminantes por el motor -método de medida de la potencia de los motores de encendido por chispa-, método de medida del consumo de combustible de los vehículos, anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condicio

BOE-A-1990-10018Publicada: 04/05/1990MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

¿Qué dice esta ley?

**España deja de aplicar normas sobre emisiones y consumo de vehículos** España ha decidido dejar de aplicar una normativa europea que establecía reglas comunes para la homologación de vehículos en cuanto a las emisiones de gases contaminantes y el consumo de combustible. Esta norma, que estaba en vigor en España desde 1970, se basaba en un acuerdo internacional de 1958. La consecuencia directa es que España ya no estará obligada a cumplir con los métodos de medición de potencia de motores de encendido por chispa y de consumo de combustible que establecía este reglamento. Esto podría abrir la puerta a que se apliquen normativas diferentes o que se revisen los estándares actuales. Esta renuncia por parte de España tendrá efecto práctico a partir del 15 de febrero de 1991. A partir de esa fecha, la normativa dejará de ser vinculante para el país en lo que respecta a los aspectos que regula. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Hasta ahora, España aplicaba el Reglamento número 15, derivado de un acuerdo de Ginebra de 1958, que unificaba criterios para la homologación de vehículos en materia de emisiones y consumo. Esta denuncia supone la salida de España de dicho reglamento, una decisión que no afecta directamente a otras Comunidades Autónomas o a la Unión Europea en su conjunto, ya que se trata de una normativa previa a la estructura actual de la UE. La importancia de esta medida radica en que marca un punto de inflexión en la regulación técnica de vehículos en España, permitiendo potencialmente la adopción de estándares distintos o la revisión de los ya existentes en lo referente a la contaminación y eficiencia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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