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ResoluciónNacionalvigente

Enmiendas a los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2015), Enmendado, adoptadas en Ginebra el 26 de junio de 2015.

BOE-A-2016-4281Publicada: 04/05/2016MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Se trata de enmiendas al Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2015). Estas modificaciones actualizan y corrigen varios capítulos del acuerdo para mejorar la regulación del transporte de mercancías peligrosas en carretera. **¿A quién afecta?** Afecta a todas las personas y empresas involucradas en el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera en España y otros países europeos que participan en el acuerdo. **¿Qué cambia o establece?** Se realizan cambios técnicos específicos: se actualiza la referencia a las pruebas para mercancías peligrosas (de la sección 20 y subsección 28.4 a la sección 20 y serie E de la sección 25), se reclasifica el cloruro mercurioso de la clase 9 a la clase 6.1, se modifica un título en tablas de embalaje, y se actualizan referencias a reglamentos de homologación de vehículos relativos a sistemas de calefacción y dispositivos limitadores de velocidad. Estas enmiendas entraron en vigor el 26 de diciembre de 2015.

💬 Contexto ciudadano

El ADR 2015 es un acuerdo internacional vigente desde 1957 que establece reglas armonizadas para el transporte transfronterizo de mercancías peligrosas por carretera. Estas enmiendas de junio de 2015 representan actualizaciones técnicas menores pero significativas: reclasificaciones de sustancias como el cloruro mercurioso de clase 9 a 6.1, cambios en protocolos de prueba y referencias normativas de vehículos. Mientras la UE implementa el ADR mediante la Directiva 2008/68/CE, España lo ha adoptado por Real Decreto. Prácticamente todos los países europeos son parte, siendo fundamental para transportistas internacionales ya que garantiza seguridad uniforme, protección ambiental y cumplimiento normativo en travesías internacionales, impactando directamente los costos y operaciones logísticas de cualquier empresa que movilice sustancias peligrosas.

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