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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 9 de julio de 1990 por la que se modifica el anexo de la de 31 de octubre de 1988, relativa a determinados productos utilizados en la alimentación de los animales.

BOE-A-1990-16512Publicada: 12/07/1990MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Actualización sobre aditivos para piensos animales** Esta orden ministerial actualiza la lista de productos que se pueden utilizar en la alimentación de los animales. Su objetivo es asegurar que la normativa española esté en línea con las directivas europeas sobre la seguridad y calidad de los piensos, protegiendo así la salud animal y, por extensión, la salud humana a través de la cadena alimentaria. Lo que cambia concretamente es la modificación del anexo de una orden anterior de 1988. Esto implica que se revisa y actualiza la clasificación de ciertos aditivos, como los aminoácidos y sus sales, para reflejar los últimos avances científicos y técnicos en la materia. La finalidad es garantizar que solo se empleen sustancias seguras y eficaces. La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esto significa que los cambios se aplican de forma inmediata una vez que la norma se hace pública, asegurando así la rápida adaptación a las nuevas regulaciones europeas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1990 se enmarca en un proceso de armonización legislativa nacional con la normativa de la Comunidad Económica Europea (CEE) en materia de alimentación animal. Previamente, existía una orden de 1988 que establecía una lista de productos autorizados, la cual se basaba en una directiva comunitaria. La necesidad de esta actualización surge de la constante evolución científica y técnica, así como de modificaciones en las directivas europeas, como la de la Comisión de 1989. La aprobación de estas normativas es competencia del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y su importancia radica en garantizar la seguridad alimentaria y la salud de los animales, un aspecto fundamental para la producción ganadera y el consumo humano. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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