Ley 3/2016, de 7 de abril, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una ley de Euskadi que obliga a incluir cláusulas sociales en los contratos públicos. Estas cláusulas establecen requisitos sobre condiciones laborales y otras medidas sociales que deben cumplir las empresas que ganan contratos públicos. La ley desarrolla lo que permite la normativa estatal sobre contratación pública. **¿A quién afecta?** Afecta a todos los órganos que contratan en nombre del sector público vasco: la administración de la Comunidad Autónoma, las diputaciones forales, las entidades locales y sus organismos dependientes. También afecta a las empresas que licitan y ejecutan contratos públicos de obras, servicios, gestión de servicios públicos y concesiones de obras. **¿Qué cambia o establece?** Obliga a que los contratos públicos incluyan: advertencia sobre cumplimiento de leyes laborales y de seguridad; obligación de indicar qué convenio colectivo se aplicará a los trabajadores; compromiso de pagar el salario mínimo del convenio; publicación del convenio en los anuncios de adjudicación; información sobre los trabajadores afectados si hay subrogación laboral; y posibilidad de incluir requisitos adicionales como emplear desempleados de larga duración, formar a jóvenes, promover igualdad de género o contratar a personas con discapacidad.
💬 Contexto ciudadano
La Ley 3/2016 vasca materializa obligatoriamente lo que la normativa estatal de contratación pública (LCSP) y las directivas UE (2014/24/UE) apenas permiten voluntariamente: vincular el gasto público a estándares laborales específicos. Mientras el marco estatal establece requisitos mínimos transversales, Euskadi impone cláusulas laborales detalladas en todos sus contratos. Otras CCAA como Cataluña, Andalucía o Madrid han optado por desarrollos similares con alcances diversos, pero muchos territorios aún no regulan esta materia. La norma importa porque transforma el poder de compra público en instrumento de protección laboral: asegura derechos de trabajadores en subrogación, incentiva contratación de desempleados y personas con discapacidad, y obliga a cumplimiento de convenios colectivos en la ejecución de servicios públicos.