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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 10 de julio de 1990 por la que se fija el plazo de entrada en vigor de la responsabilidad del Consorcio de Compensación de Seguros en daños materiales derivados del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de Automóviles.

BOE-A-1990-18083Publicada: 28/07/1990MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**El Consorcio de Seguros cubrirá daños materiales de coches robados o sin seguro** Esta orden establece cuándo el Consorcio de Compensación de Seguros empezará a pagar por los daños materiales que causen vehículos robados o que circulen sin tener el seguro obligatorio. Hasta ahora, el Consorcio solo cubría daños a personas en estos casos. Concretamente, a partir del 1 de enero de 1991, el Consorcio se hará cargo de los daños materiales provocados por un coche robado o por uno que no tenga seguro. Sin embargo, se aplicarán unas franquicias, es decir, una cantidad que el perjudicado deberá asumir antes de que el Consorcio pague el resto. La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que los cambios que establece se aplicarán de forma inmediata una vez se publique. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, el Consorcio de Compensación de Seguros solo indemnizaba daños corporales en casos de vehículos robados o no asegurados. La normativa europea, adaptada por el Real Decreto Legislativo 1301/1986, ya contemplaba la cobertura de daños materiales, pero su entrada en vigor quedaba pendiente de una orden ministerial. Esta disposición nacional, aprobada en 1990, fija el 1 de enero de 1991 como fecha para que el Consorcio asuma esta responsabilidad, alineándose con la directiva comunitaria y garantizando una protección más amplia a las víctimas de accidentes de tráfico, algo crucial para la seguridad jurídica de los ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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