Orden JUS/607/2016, de 22 de abril, por la que se crean los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Ceuta y Melilla.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una orden ministerial que crea dos nuevos Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, uno en Ceuta y otro en Melilla. Estos son órganos técnicos que auxilian a juzgados, tribunales, fiscalías y oficinas del Registro Civil, realizando pruebas periciales médicas, psicológicas y de trabajo social forense, así como actividades de docencia e investigación en estas materias. **¿A quién afecta?** Afecta a los juzgados, tribunales, fiscalías y oficinas del Registro Civil de Ceuta y Melilla, que ahora contarán con estos institutos para realizar sus funciones. También afecta a los médicos forenses, psicólogos y trabajadores sociales que serán destinados en estos institutos, y en general a los ciudadanos de ambas ciudades que requieran servicios periciales forenses. **¿Qué cambia o establece?** Establece la creación oficial de ambos institutos con sede en cada ciudad, define su estructura con un Director, un Consejo de Dirección y servicios técnicos y administrativos, asigna sus funciones específicas en medicina forense, psicología y trabajo social, determina que dependerán de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia, y fija la relación de puestos de trabajo inicial para cada instituto.
💬 Contexto ciudadano
Antes de 2016, Ceuta y Melilla carecían de institutos propios de medicina legal, dependiendo de estructuras administrativas genéricas que limitaban la especialización forense en procedimientos judiciales. Esta orden alinea ambas ciudades autónomas con el modelo desarrollado en comunidades autónomas como Cataluña o Madrid, que ya disponían de institutos especializados bajo dependencia de justicia. La norma responde a estándares europeos de garantía procesal (presentes en directivas de protección de derechos y justicia penal) que exigen pericia forense especializada. Su relevancia para el ciudadano es sustancial: asegura acceso igualitario a pruebas periciales médicas, psicológicas y de trabajo social en procedimientos civiles y penales, reduciendo dependencias de otras jurisdicciones y garantizando confidencialidad y celeridad. Implica además la creación de empleo especializado y oportunidades de investigación forense territorial, reforzando la capacidad judicial de ambas ciudades y eliminando la brecha de servicios respecto al resto del territorio nacional.