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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de diciembre de 1990 por la que se desarrollan determinadas cuestiones relacionadas con el número de identificación fiscal.

BOE-A-1990-31314Publicada: 31/12/1990MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Obligación de identificar tu número fiscal en operaciones bancarias y con notarios** Esta orden ministerial establece la necesidad de que todas las personas y entidades, incluidas aquellas sin personalidad jurídica propia, dispongan de un Número de Identificación Fiscal (NIF) para cualquier trámite o relación que tenga que ver con impuestos. El objetivo es facilitar el control y la gestión tributaria por parte de la Administración. Concretamente, las entidades financieras deberán informar a Hacienda si un cliente no ha proporcionado su NIF al abrir cuentas u realizar ciertas operaciones. Además, en el caso de cuentas a nombre de menores o personas incapacitadas, se podrá usar el NIF del representante legal, pero se deberán registrar ambos datos. Para cuentas conjuntas de cónyuges, bastará con el NIF de uno de ellos. Los notarios también deberán informar sobre quienes no les faciliten su NIF. Esta orden se publicó el 31 de diciembre de 1990, pero sus efectos se derivan de normativas anteriores y posteriores que la desarrollan. La obligación de disponer y utilizar el NIF es una exigencia continua para la correcta identificación en el ámbito tributario y financiero. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 27 de diciembre de 1990 surge como desarrollo del Real Decreto 338/1990, que a su vez materializaba un mandato de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 1988. Antes de esta regulación, la identificación fiscal de personas y entidades en diversas operaciones no estaba tan estandarizada. Esta normativa nacional se alinea con la tendencia europea de mejorar la trazabilidad fiscal y prevenir el fraude, aunque la implementación específica y los detalles de comunicación a la administración tributaria pueden variar entre países. La aprobación de esta orden por el Ministerio de Economía y Hacienda sentó las bases para un control más riguroso, siendo relevante para la seguridad jurídica y la recaudación fiscal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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