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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 16 de julio de 1991 por la que se actualizan los anexos I y II de las normas para la aplicación de determinadas Directivas de la CEE relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos.

BOE-A-1991-19294Publicada: 27/07/1991MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de normas para la homologación de vehículos** Esta orden ministerial, dictada en 1991, se centra en la homologación de vehículos, remolques, semirremolques y sus componentes. La homologación es un proceso que garantiza que los vehículos cumplen con ciertos estándares de seguridad y técnicos antes de poder circular. El objetivo es asegurar que todos los vehículos que se venden en España sean seguros y respeten la normativa vigente. Lo que cambia concretamente es la actualización de los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986. Estos anexos contienen las especificaciones técnicas y los requisitos que deben cumplir los diferentes tipos de vehículos, como automóviles, tractores agrícolas y motocicletas, así como sus partes y piezas. La actualización se realiza para incorporar las nuevas directivas y reglamentos europeos que se habían publicado hasta ese momento. La orden entra en vigor con su publicación, aunque las fechas exactas de obligado cumplimiento para las nuevas directivas y reglamentos se establecen en la propia normativa. En esencia, esta orden adapta la legislación española a la normativa europea para la homologación de vehículos, asegurando la armonización y la seguridad en el mercado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la normativa española para la homologación de vehículos se basaba en el Real Decreto 2028/1986, que permitía al Ministerio de Industria y Energía actualizar sus anexos para adaptarse a la legislación europea. Esta orden de 1991 es una de varias actualizaciones que se realizaron para alinear las normas nacionales con las directivas de la Comunidad Económica Europea (CEE). La homologación de vehículos es un requisito fundamental para la libre circulación de mercancías y para garantizar la seguridad vial en toda la UE. España, como miembro de la CEE, debía adaptar su legislación para cumplir con estos estándares comunitarios, asegurando la compatibilidad técnica y la seguridad de los vehículos en todo el mercado único. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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