Orden MinisterialNacionalvigente

Orden JUS/805/2016, de 25 de mayo, por la que se corrigen errores en la Orden JUS/607/2016, de 22 de abril, por la que se crean los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Ceuta y Melilla.

BOE-A-2016-5123Publicada: 31/05/2016MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una orden que corrige errores publicados en una norma anterior que creaba los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Ceuta y Melilla. Se trata de rectificaciones necesarias en los complementos económicos y en la terminología utilizada para describir los salarios de los empleados. **¿A quién afecta?** Afecta a los empleados de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Ceuta y Melilla, específicamente a los Directores, Médicos Forenses y personal de Tramitación de ambos institutos. **¿Qué cambia o establece?** Modifica los complementos económicos de los empleados: cambia el término "complemento de destino" por "complemento general de puesto" y actualiza las cantidades de dinero en los complementos generales y específicos de todos los puestos. Por ejemplo, el complemento general de puesto del Director pasa de 18.322,92 euros a 18.506,16 euros, y el del Médico Forense sube de 18.322,92 a 18.506,16 euros, junto con otros ajustes en los complementos específicos de cada categoría laboral.

💬 Contexto ciudadano

La Orden JUS/805/2016 constituye una rectificación técnica de la Orden JUS/607/2016 que originalmente instituyó los servicios de medicina forense en Ceuta y Melilla, llenando un vacío competencial que hasta 2016 dependía de estructuras precarias. España, como competente exclusiva en medicina forense a través del Ministerio de Justicia, estableció estos institutos siguiendo el modelo de Institutos de Medicina Legal presentes en el territorio peninsular, aunque Ceuta y Melilla mantienen particularidades derivadas de su estatus de ciudades autónomas. La corrección resulta especialmente relevante porque ajusta tanto la denominación de complementos salariales (sustituyendo "complemento de destino" por "complemento general de puesto", alineándose con la terminología de la función pública estatal) como sus cuantías, garantizando la estabilidad retributiva del personal especializado en Ceuta y Melilla. Para el ciudadano, esta orden importa porque consolida una prestación esencial de acceso a la justicia en territorios donde previamente carecían de institutos propios especializados en prueba pericial forense.

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