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ResoluciónNacionalvigente

Enmiendas de 2014 al Código internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar (Convenio de formación), 1978, adoptadas en Londres el 22 de mayo de 2014 mediante Resolución MSC.373(93).

BOE-A-2016-5121Publicada: 31/05/2016MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Son cambios al Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar de 1978. Estos cambios hacen obligatorio el uso del Código para la Implantación de los Instrumentos de la OMI en la formación y certificación de marineros. También se añaden definiciones sobre auditorías y se crea un sistema para verificar que los países cumplan con estas normas. **¿A quién afecta?** Afecta a los países que son parte del convenio internacional de formación marítima y a todas las personas que trabajan en barcos mercantes, especialmente a marineros que necesitan formación, titulación y certificación para trabajar en la mar. **¿Qué cambia o establece?** Establece que los países deben usar el Código de Implantación en sus funciones de formación y certificación de marineros. Crea un sistema de auditorías periódicas donde la Organización Marítima Internacional revisa que cada país cumpla correctamente con las normas. Cada país es responsable de permitir estas auditorías y de solucionar los problemas que se encuentren. Las auditorías se realizarán según un calendario establecido por la Organización. Estos cambios entraron en vigor el 1 de enero de 2016.

💬 Contexto ciudadano

El Convenio de 1978 sobre formación marítima funcionaba sin mecanismo de control centralizado, permitiendo variabilidad en su aplicación. Las enmiendas de 2014 instituyen auditorías obligatorias de la OMI, alineándose con estándares internacionales modernos en regulación marítima. España y demás países ratificantes —la mayoría de potencias marítimas— aplican desde 2016 estos controles periódicos. Para el ciudadano-marinero, esto supone garantías de formación estandarizada y verificada, reduciendo riesgos laborales en un sector de elevada peligrosidad. Sin este sistema de auditorías, los estándares variarían entre jurisdicciones, comprometiendo la seguridad marítima internacional y exponiendo a trabajadores a normativas inconsistentes según el pabellón del buque.

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