Reglamento UENacionalvigente

Reglamento número 22 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de cascos de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores, anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de homologación para equipos y piezas de vehículos de motor publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 15 de diciembre de 1984.

BOE-A-1992-4604Publicada: 27/02/1992MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas normas para cascos de moto** Este reglamento, que forma parte de un acuerdo internacional, establece las condiciones técnicas que deben cumplir los cascos de protección para motocicletas y ciclomotores para ser homologados. Su objetivo es garantizar la seguridad de los conductores y pasajeros. Los cambios introducidos detallan aspectos como la información que debe figurar en las etiquetas de los cascos, la forma de fijación de las mismas, y se introducen modificaciones en las pruebas de impacto y en los materiales de las falsas cabezas utilizadas para los ensayos. También se ajustan los plazos para la aplicación de ciertas velocidades de impacto en los controles de producción. Aunque el documento original data de 1984 y ha tenido varias rectificaciones y enmiendas, la fecha de publicación en el BOE fue el 15 de diciembre de 1984, y las distintas series de enmiendas tuvieron diferentes fechas de entrada en vigor, la última mencionada es del 19 de julio de 1988. Es importante tener en cuenta que este reglamento ha sido superado por normativas posteriores más recientes, como el Reglamento ECE R22-05 y el actual ECE R22-06. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

El Reglamento número 22, anejo al Acuerdo de Ginebra de 1958, establecía las prescripciones uniformes para la homologación de cascos de protección de motocicletas y ciclomotores. Este texto ha sufrido diversas rectificaciones y enmiendas a lo largo del tiempo, siendo la publicación en el BOE de 1984 un hito importante para su aplicación nacional. A diferencia de normativas más recientes que buscan una armonización europea más estricta, este reglamento se basaba en un acuerdo internacional. Su importancia radica en que sentó las bases para la seguridad de los cascos en España, aunque actualmente ha sido reemplazado por el Reglamento ECE R22-06, que es el estándar vigente en la Unión Europea y otros países. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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