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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 28 de febrero de 1992 por la que se corrigen errores en la de 26 de noviembre de 1991, por la que se modifica el anexo de la de 23 de marzo de 1988, relativa a los aditivos en la alimentación de los animales (anexo).

BOE-A-1992-49915Publicada: 01/04/1992MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 28 de febrero de 1992 por la que se corrigen errores en la de 26 de nov ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la Orden de 26 de noviembre de 1991 y modifica el anexo de la Orden de 23 de marzo de 1988, relativa a los aditivos en la alimentación de los animales. 2. **CONTEXTO** La Orden de 23 de marzo de 1988 establecía normas sobre los aditivos permitidos en la alimentación de animales. Posteriormente, se publicó una Orden de 26 de noviembre de 1991 que introdujo modificaciones a dicha norma. La presente Orden corrige errores en dicha Orden de 1991 y actualiza el anexo correspondiente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 28 de febrero de 1992 corrige errores en la Orden de 26 de noviembre de 1991 y modifica el anexo de la Orden de 23 de marzo de 1988. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 11 de marzo de 1992. En concreto, se corrige el texto de la Orden de 1991, que contenía errores de redacción o de aplicación, y se actualiza el anexo que detalla los aditivos permitidos en la alimentación de los animales. El anexo se modifica para incluir nuevas sustancias o eliminar aquellas que ya no se consideran seguras o adecuadas. La norma establece que los aditivos deben cumplir con los requisitos de seguridad, eficacia y compatibilidad con la salud animal y el medio ambiente. Se menciona explícitamente que los aditivos deben ser autorizados por la Administración competente y que su uso debe estar sujeto a las normas vigentes en materia de seguridad alimentaria. La norma también establece que los alimentos para animales deben cumplir con los requisitos de calidad y seguridad establecidos en el Reglamento (CE) nº 183/2000, que establece normas sobre los alimentos para animales. En el anexo se detallan las sustancias permitidas, sus concentraciones máximas y las condiciones de uso. La norma se aplica a todos los alimentos para animales fabricados, comercializados o importados en el territorio nacional. La norma no introduce nuevos aditivos, sino que corrige errores y actualiza la información existente. Se establece que los alimentos para animales deben estar etiquetados correctamente y que su uso debe estar en conformidad con las normas vigentes. La norma se aplica a todos los sectores de la producción animal, incluyendo la ganadería, la acuicultura y la producción de animales de compañía. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en una anterior orden y actualiza el anexo de una norma anterior. Se establecen requisitos para el uso de aditivos en la alimentación de animales. La norma se aplica a todos los alimentos para animales en el territorio nacional. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: La norma corrige errores en la Orden de 26 de noviembre de 1991. ⚠️ **Actualización del anexo**: Se modifica el anexo de la Orden de 23 de marzo de 1988. 📋 **Requisitos de seguridad**: Los aditivos deben cumplir con requisitos de seguridad y eficacia. ℹ️ **Aplicación general**: Se aplica a todos los alimentos para animales en el territorio nacional. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 11 de marzo de 1992 - **Materias**: Alimentación animal, aditivos, seguridad alimentaria - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: aditivos, alimentación animal, seguridad, normativa, alimentos para animales ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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