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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 25 de mayo de 1992 por la que se modifica la de 12 de noviembre de 1987 sobre normas de emisión, objetivos de calidad y métodos de medición de referencia relativos a determinadas sustancias nocivas o peligrosas contenidas en los vertidos de aguas residuales.

BOE-A-1992-12349Publicada: 29/05/1992MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

¿Qué dice esta ley?

**Control más estricto de vertidos de aguas residuales** Esta orden ministerial actualiza las normas sobre qué sustancias peligrosas pueden verterse en nuestras aguas y cómo se deben medir. Su objetivo es garantizar que los vertidos industriales y urbanos no dañen el medio ambiente acuático, protegiendo así la calidad del agua que utilizamos y el ecosistema. Lo más importante es que se refuerza el sistema de control. Ahora, si se quiere usar el método de "objetivos de calidad" para medir la contaminación, se necesitará una justificación más detallada y la aprobación de un órgano específico del Ministerio. Esto asegura que los objetivos de calidad se cumplan de verdad y no sean solo una forma de eludir normas más estrictas. Esta orden modifica una normativa anterior de 1987 y entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que fue el 29 de mayo de 1992. Por lo tanto, sus efectos son inmediatos desde esa fecha. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 1992 surge como una necesaria adaptación de la normativa española a la legislación europea, concretamente a la Directiva 76/464/CEE. La norma previa de 1987, si bien incorporaba esta directiva, permitía a las autoridades españolas aplicar el sistema de "objetivos de calidad" sin la previa aprobación de la Comisión Europea, algo que la directiva exigía para garantizar su cumplimiento efectivo. Esta modificación alinea el derecho español con el europeo, introduciendo un control más riguroso y unificado. A diferencia de otras normativas posteriores que han ampliado el listado de sustancias o endurecido los límites, esta orden se centra en la metodología de control, siendo un paso fundamental para la protección de las aguas continentales en España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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