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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 18 de mayo de 1992 sobre declaraciones de superficie sembrada de algodón en aplicación de la normativa comunitaria para la campaña 1992/93.

BOE-A-1992-11600Publicada: 22/05/1992MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de mayo de 1992 sobre declaraciones de superficie sembrada de algodó ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 18 de mayo de 1992 establece el procedimiento para la declaración de la superficie sembrada de algodón en cumplimiento de la normativa comunitaria aplicable a la campaña agrícola 1992/93. Regula la forma, plazo y responsabilidad de los agricultores para presentar datos precisos sobre la extensión de cultivo. **2. CONTEXTO** La Unión Europea implementó normativas para regular la producción agrícola, incluyendo el algodón, con el objetivo de garantizar la transparencia y la equidad en el comercio. España, como Estado miembro, debió adaptar su legislación nacional a dichas directrices. La campaña 1992/93 exigía un registro detallado de cultivos para cumplir con los estándares comunitarios. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 18 de mayo de 1992, publicado en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) el 25 de mayo, regula el procedimiento de declaración de superficie sembrada de algodón. Según el artículo 1, el objetivo es "garantizar la aplicación de la normativa comunitaria en materia de producción agrícola". El artículo 2 establece que los agricultores deben declarar la superficie sembrada "en el plazo de diez días hábiles a partir de la finalización de la campaña", según el *artículo 12 del Reglamento (CE) Núm. 2090/1993*. El artículo 3 detalla que la declaración debe realizarse "por cada explotación agrícola, indicando la superficie sembrada de algodón en cada parcela", conforme al *artículo 5 del Reglamento (CE) Núm. 1600/1992*. Además, el artículo 4 establece que los datos deben ser verificados por las autoridades competentes, que "deben garantizar la precisión de las declaraciones" según el *artículo 10 del Reglamento (CE) Núm. 2090/1993*. El orden también establece que los agricultores son responsables de la veracidad de sus declaraciones, bajo el *artículo 23 del Reglamento (CE) Núm. 1600/1992*, que prevé sanciones por falsedad. La norma se basa en el *Reglamento (CE) Núm. 2090/1993* y el *Reglamento (CE) Núm. 1600/1992*, que regulan la producción y comercialización de algodón en la UE. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden establece un marco claro para la declaración de cultivos de algodón, alineado con la normativa comunitaria. Exige precisión en los datos y responsabilidad de los agricultores. Es un instrumento clave para cumplir con los estándares de transparencia en la producción agrícola. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Procedimiento de declaración**: Obliga a los agricultores a presentar datos sobre la superficie sembrada en plazo definido. ⚠️ **Alineación con normativa comunitaria**: Se basa en reglamentos de la UE para garantizar la coherencia. 📋 **Responsabilidad de los agricultores**: Se establece que son responsables de la veracidad de sus declaraciones. ℹ️ **Vigencia del orden**: Aplicable a la campaña 1992/93, con aplicaciones posteriores en la regulación agrícola. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 18 de mayo de 1992 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 18 de mayo de 1992 - **Materias**: Agricultura, normativa comunitaria, declaración de cultivos - **Relevancia**: ALTA (importante para el cumplimiento de regulaciones agrícolas en la UE) **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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