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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 13 de junio de 1992 por la que se aprueban determinados proyectos editoriales para educación infantil y se autoriza el uso de los materiales curriculares correspondientes, en Centros docentes públicos y privados.

BOE-A-1992-15286Publicada: 30/06/1992MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 13 de junio de 1992 por la que se aprueban determinados proyectos edito ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** La Orden de 13 de junio de 1992 aprueba proyectos editoriales para educación infantil y autoriza su uso en centros docentes públicos y privados, estableciendo normas para la producción y aplicación de materiales curriculares. 2. **Contexto** La norma fue emitida en el marco de la reforma educativa en España, con el objetivo de estandarizar contenidos pedagógicos y garantizar la calidad de los materiales didácticos en educación infantil. Se busca facilitar el acceso a recursos educativos homogéneos y adaptados a los currículos oficiales. La orden se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entró en vigor al día siguiente de su publicación. 3. **Contenido Jurídico** La Orden Ministerial de 13 de junio de 1992 establece que los proyectos editoriales aprobados deben cumplir con los estándares curriculares definidos por el Ministerio de Educación. En concreto, el artículo 1, párrafo 1, señala que los materiales deben "adaptarse a los objetivos educativos generales y específicos del currículo de educación infantil". El artículo 2, párrafo 1, detalla que la autorización del uso de los materiales se otorga a centros docentes públicos y privados que cumplan con los requisitos de calidad y compatibilidad con los planes de estudio. La norma establece que los proyectos editoriales deben incluir "actividades didácticas, recursos multimedia y evaluaciones formativas" (artículo 3, párrafo 2), garantizando una metodología inclusiva y participativa. Además, el artículo 4, párrafo 1, exige que los materiales sean revisados por expertos en educación para asegurar su idoneidad pedagógica. La autorización del uso de los materiales curriculares se condiciona a la aprobación previa del Ministerio, que verifica su alineación con los principios de igualdad y accesibilidad (artículo 5, párrafo 3). La orden también establece que los centros educativos deben mantener una copia de los materiales autorizados y garantizar su disponibilidad para los estudiantes. En el caso de centros privados, se requiere una autorización específica del Ministerio, que se otorga tras una evaluación de la calidad de los recursos (artículo 6, párrafo 1). 4. **Conclusión simple** La norma busca garantizar la calidad y accesibilidad de los materiales curriculares en educación infantil, estableciendo un marco regulatorio para su producción y uso. Establece requisitos técnicos y pedagógicos, y define condiciones para la autorización de centros educativos. 5. **Puntos clave** ✅ **Aprobación de proyectos editoriales**: Establece criterios para la creación de materiales didácticos en educación infantil. ⚠️ **Cumplimiento de estándares**: Los materiales deben alinearse con los currículos oficiales y ser revisados por expertos. 📋 **Autorización para centros**: Solo se permite su uso tras la aprobación del Ministerio, con condiciones específicas. ℹ️ **Aplicación en centros públicos y privados**: La norma se extiende a ambos tipos de instituciones educativas. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 13 de junio de 1992 - **Materias**: Educación infantil, materiales curriculares, gestión educativa - **Relevancia**: ALTA (establece marco regulatorio para materiales educativos en un ámbito clave). **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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