Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ECC/1026/2016, de 21 de junio, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la VII Serie de "Joyas Numismáticas".

BOE-A-2016-6188Publicada: 27/06/2016MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden que autoriza la emisión, acuñación y venta de monedas de colección llamadas "Joyas Numismáticas" (serie VII). Se trata de monedas especiales no destinadas a circular como dinero normal, fabricadas en metales preciosos con diseños que reproducen monedas antiguas españolas históricas. Estas monedas tienen valor facial en euros pero su valor real es mayor por su rareza y contenido en metales preciosos. **¿A quién afecta?** Afecta a los coleccionistas y personas interesadas en adquirir estas monedas especiales. También afecta a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, que es quien fabrica y vende estas monedas, y al Banco de España, que recibe las monedas acuñadas. El Estado también resulta afectado en cuanto recibe el dinero de la venta de estas piezas. **¿Qué cambia o establece?** Establece que durante 2016 se fabricarán tres tipos de monedas de colección: monedas de 100 euros (2.500 máximo), monedas de 20 euros (7.500 máximo) y monedas de 10 euros (7.500 máximo). Define exactamente cómo deben ser estas monedas (tamaño, peso, composición del metal, diseño con imágenes de monedas antiguas). Fija que la venta comenzará en el segundo semestre de 2016 y que la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre será la encargada de fabricarlas y venderlas.

💬 Contexto ciudadano

La emisión de monedas de colección constituye una práctica consolidada en España desde hace décadas, regulada por el Ministerio de Economía como competencia estatal exclusiva sobre la moneda de curso legal. La Orden ECC/1026/2016 continúa esta tradición estableciendo parámetros técnicos y de tirada para la VII Serie de Joyas Numismáticas, alineándose con directrices del Banco Central Europeo que permite a los Estados miembros emitir monedas conmemorativas de hasta 2 millones de ejemplares en metales preciosos. Mientras la norma estatal es vinculante, las comunidades autónomas carecen de competencias en la materia. Para el ciudadano, estas emisiones representan oportunidades de inversión patrimonial en metales preciosos con garantía oficial, generando ingresos al Estado que destinan a la Fábrica Nacional de Moneda, aunque su adquisición sigue siendo optativa y dirigida fundamentalmente a coleccionistas especializados.

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