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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 16 de octubre de 1992, por la que se autoriza el pago de las tasas y precios públicos que gestiona el Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea en determinadas monedas extranjeras y mediante tarjetas de crédito internacionalmente aceptadas.

BOE-A-1992-23567Publicada: 23/10/1992MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Pago de tasas aeroportuarias en moneda extranjera y con tarjeta de crédito** Esta orden permite que las tasas y otros pagos relacionados con los aeropuertos españoles y la navegación aérea puedan abonarse no solo en euros, sino también en dólares estadounidenses y en las monedas de los países de la Unión Europea. Además, se autoriza el uso de tarjetas de crédito internacionalmente aceptadas para realizar estos pagos. Esto significa que los viajeros y las compañías aéreas extranjeras tendrán más facilidades para cumplir con sus obligaciones económicas al usar las infraestructuras aeroportuarias españolas, evitando problemas por no disponer de efectivo en euros o por horarios bancarios limitados. La medida entró en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, permitiendo estos nuevos métodos de pago de forma inmediata para las operaciones gestionadas por Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la normativa general de Tasas y Precios Públicos exigía el pago en efectivo o efectos timbrados, lo que generaba dificultades para las aeronaves extranjeras que no disponían de moneda española. A diferencia de otras normativas que podrían haber contemplado métodos de pago más flexibles, la gestión de tasas aeroportuarias se encontraba limitada. Esta orden, aprobada a nivel nacional por el Ministerio de Economía y Hacienda, responde a una necesidad práctica para facilitar las operaciones internacionales en los aeropuertos españoles, mejorando la eficiencia en la recaudación y la experiencia de los usuarios extranjeros. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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