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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1561/1992, de 18 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1616/1989, de 29 de diciembre, por el que se establece la cuantía del complemento de destino de los funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.

BOE-A-1992-28170Publicada: 21/12/1992MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Mejora salarial para funcionarios de Justicia** Este Real Decreto actualiza las condiciones salariales de los funcionarios que trabajan en la Administración de Justicia. Su objetivo principal es mejorar la retribución de estos trabajadores, reconociendo la importancia de su labor y buscando optimizar el rendimiento y la modernización de los servicios públicos judiciales. Concretamente, se incrementa la cuantía de los puntos que se asignan por el 'carácter de la función'. Esto se traduce en un aumento anual de 22.020 pesetas, repartido en doce pagas mensuales, para ciertos puestos como Secretarios Judiciales y Médicos Forenses, entre otros. La normativa que modifica estas condiciones fue aprobada el 18 de diciembre de 1992 y entró en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1992 surge como una modificación del régimen retributivo de los funcionarios de la Administración de Justicia, previamente establecido en normativas de 1989 y 1991. Su aprobación responde a la necesidad de aplicar fondos adicionales acordados entre la Administración y los sindicatos, destinados a mejorar la prestación de servicios y la modernización del sector. A diferencia de otras CCAA que pudieran tener competencias transferidas, esta regulación es de ámbito nacional. La decisión de distribuir los fondos restantes, ante la falta de acuerdo sindical, recae en el Gobierno, evidenciando la importancia de la negociación colectiva y la intervención gubernamental en la determinación de las condiciones laborales de los empleados públicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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