Reglamento UENacionalvigente

Modificaciones al Reglamento Común del Acta de 1999 y el Acta de 1960 del Arreglo de La Haya sobre el depósito internacional de dibujos y modelos industriales, adoptadas en la 34ª sesión (15ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión de La Haya, celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.

BOE-A-2016-6595Publicada: 09/07/2016MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una modificación del Reglamento Común del Arreglo de La Haya sobre depósitos internacionales de dibujos y modelos industriales. Establece nuevos procedimientos para que las oficinas de propiedad industrial notifiquen decisiones sobre protección de diseños, ya sea retirando denegaciones previas o confirmando directamente que se otorga protección. Entró en vigor el 1 de enero de 2015. **¿A quién afecta?** Afecta a las oficinas nacionales de propiedad industrial de los países parte en el Arreglo de La Haya, a los solicitantes que registran internacionalmente sus dibujos y modelos industriales, y a la Oficina Internacional que gestiona estos registros. También afecta a quienes soliciten servicios adicionales no contemplados en la tabla de tasas. **¿Qué cambia o establece?** Crea dos nuevas formas de comunicación: la notificación de retirada de denegaciones (cuando una oficina cancela una prohibición anterior) y la declaración de concesión de protección (cuando una oficina confirma que otorga protección sin haber denegado previamente o después de retirar una denegación). Ambas deben incluir datos específicos como el número de registro, los diseños afectados y la fecha de efectividad. También autoriza a la Oficina Internacional a cobrar tasas por servicios no incluidos en la tabla de tasas oficial.

💬 Contexto ciudadano

Antes de estas modificaciones (2014), el Arreglo de La Haya carecía de mecanismos explícitos para comunicar formalmente decisiones de otorgamiento de protección de diseños, generando incertidumbre sobre cuándo se consolidaba efectivamente la protección. Esta reforma alinea el Arreglo con sistemas comparables como el de Diseño de la Unión Europea (gestionado por EUIPO), introduciendo dos notificaciones estándar que permiten a las oficinas de propiedad industrial (incluyendo la española OEPM) comunicar claramente decisiones sin ambigüedad. La modificación fue adoptada por los 79 países miembros de La Haya, entre ellos España, la UE y sus estados miembros, si bien algunos países no aplicaron íntegramente todos sus aspectos hasta años posteriores. Para solicitantes hispanohablantes que protegen diseños internacionalmente—desde fabricantes de calzado hasta empresas tecnológicas—el cambio importa porque homogeneiza procedimientos, agiliza confirmaciones de protección y reduce riesgos legales al establecer fechas de efectividad precisas, facilitando el comercio internacional de productos con diseños protegidos.

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