Orden de 29 de diciembre de 1992 por la que se aprueba el modelo de declaración-liquidación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
¿Qué dice esta ley?
**Nueva forma de pagar el impuesto de vehículos** Esta orden ministerial establece el modelo oficial (llamado modelo 565) que deben usar las personas para declarar y pagar el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Este impuesto se aplica cuando se matricula un vehículo por primera vez en España, ya sea nuevo o usado, nacional o importado. El objetivo es compensar la pérdida de ingresos por otros impuestos y cubrir los costes sociales del uso de vehículos. Concretamente, se aprueba un formulario específico con tres copias: una para la Hacienda Pública, otra para el ciudadano y una tercera para la entidad que colabore en el pago. Los ciudadanos deberán presentar este modelo al matricular un vehículo, indicando la cantidad a pagar. El pago se podrá realizar en entidades bancarias colaboradoras o en las oficinas de la Agencia Tributaria. Esta orden entró en vigor el 31 de diciembre de 1992, fecha de su publicación, y se aplica desde entonces a la matriculación de vehículos que generan este impuesto especial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden de 29 de diciembre de 1992 introduce el modelo de declaración-liquidación para el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, creado por la Ley 38/1992. Este impuesto buscaba reemplazar la recaudación perdida por la supresión de un tipo impositivo en el IVA y abordar los costes sociales de la circulación. Antes de esta orden, no existía un modelo estandarizado para este fin. La normativa nacional es la que rige este impuesto, sin una armonización específica a nivel de la Unión Europea. La aprobación de este modelo por el Ministerio de Economía y Hacienda era fundamental para la correcta aplicación y recaudación del nuevo tributo por parte de la Administración y los ciudadanos obligados. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────