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ResoluciónNacionalvigente

Corrección de errores del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en esos transportes (ATP), hecho en Ginebra el 1 de septiembre de 1970.

BOE-A-2016-7737Publicada: 11/08/2016MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una corrección de errores del Acuerdo ATP (Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y vehículos especiales), que fue firmado en Ginebra el 1 de septiembre de 1970. Las Naciones Unidas notificó el 13 de julio de 2016 que había terminado el proceso de revisar y corregir los errores encontrados en este acuerdo internacional. **¿A quién afecta?** Afecta a las personas y empresas que transportan mercancías perecederas entre países, así como a las estaciones de ensayo y expertos autorizados que verifican que los vehículos cumplen con los requisitos establecidos en el acuerdo. **¿Qué cambia o establece?** Se corrigen dos errores en los documentos del acuerdo: en el modelo de acta de ensayo se cambia la redacción de "el experto de la estación de ensayo autorizado" por "la estación de ensayo/el experto autorizados", y en el modelo de certificado de conformidad se reemplaza la referencia al "párrafo 3.2.7" por "párrafo 3.2".

💬 Contexto ciudadano

El Acuerdo ATP de 1970 establecía los requisitos técnicos para transportes internacionales de mercancías perecederas (frutas, verduras, lácteos), siendo el marco regulatorio principal a nivel mundial para este sector. Antes de la corrección de 2016, los operadores y estaciones de ensayo trabajaban con definiciones ambiguas en los documentos originales, generando incertidumbre certificadora. Esta corrección, aprobada por países signatarios incluyendo España, armoniza el lenguaje normativo sin modificar requisitos técnicos, diferenciándose de normativas autonómicas potencialmente más restrictivas. Para ciudadanos y empresas de transporte, estas aclaraciones evitan demoras administrativas transfronterizas y garantizan cumplimiento de estándares sanitarios internacionales, siendo especialmente relevante para exportadores españoles operando en cadenas de frío multinacionales.

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