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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 4 de marzo de 1993 que desarrolla el artículo 97 de la Ley 39/1992, de Presupuestos Generales del Estado para 1993.

BOE-A-1993-6629Publicada: 11/03/1993MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Nueva forma de financiar la Agencia Tributaria** Esta orden establece un mecanismo para que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) reciba una parte de la recaudación que genera. Es decir, si la AEAT consigue recaudar más de lo previsto gracias a su gestión, una parte de ese exceso se destinará a financiarla directamente. Concretamente, se fija un porcentaje sobre la recaudación bruta obtenida por la AEAT en sus actuaciones de liquidación y gestión tributaria. Este porcentaje se aplicará sobre los ingresos que superen la previsión inicial de los Presupuestos Generales del Estado, generando así fondos adicionales para la propia Agencia. La orden se publicó el 11 de marzo de 1993 y entró en vigor a partir de esa fecha, estableciendo un procedimiento para que esta financiación adicional se aplique de forma ágil y automática. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 4 de marzo de 1993 vino a desarrollar el artículo 97 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1993, que a su vez modificaba normativas anteriores sobre la financiación de la Agencia Tributaria. Antes de esta norma, la financiación de la AEAT se basaba principalmente en las asignaciones presupuestarias directas. Esta orden introdujo un sistema de "participación en la recaudación", permitiendo a la Agencia obtener recursos adicionales ligados a su eficacia recaudatoria. Este modelo, pionero en su momento a nivel nacional, buscaba incentivar la eficiencia y agilidad en la gestión tributaria, un enfoque que ha sido adoptado o adaptado en diversas administraciones públicas y que sigue siendo relevante para entender la autonomía financiera de organismos públicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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