Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 18/1993, de 23 de diciembre, sobre concesión de un crédito extraordinario por importe de 13.464.683.902 pesetas, para cancelar deudas con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre derivadas de entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas durante los ejercicios 1986, 1987, 1988 y 1989.

BOE-A-1993-30623Publicada: 24/12/1993JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

**El Estado paga deudas antiguas con la Fábrica de Moneda** Esta ley se creó para saldar deudas que el Estado español tenía con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Estas deudas se originaron por la compra de bienes y servicios que la Fábrica realizó para el Estado entre los años 1986 y 1989. Lo que cambia es que se aprueba una cantidad de dinero específica, más de 13.400 millones de pesetas de la época, para cancelar estas deudas pendientes. Esto permite que el Estado y la Fábrica de Moneda dejen de tener cuentas pendientes entre sí por esos servicios pasados. La ley entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que se aplicó de forma inmediata tras su aprobación a finales de 1993. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, existía una situación de deudas recíprocas entre el Estado y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, acumuladas desde 1986. La Ley 4/1990 ya contemplaba la posibilidad de compensar estas deudas, pero no se había dotado de crédito presupuestario para hacerlo. Esta ley ordinaria nacional aprueba un crédito extraordinario específico para saldar dichas deudas, financiándolo mediante recursos del Banco de España o deuda pública. A diferencia de normativas más recientes que podrían abordar la gestión de pasivos públicos de forma más integrada, esta ley se centra en una operación concreta y puntual, reflejando las prácticas presupuestarias de la época. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →