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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 24 de enero de 1994 por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante 1994 y enero de 1995 y se delegan determinadas facultades en el Director general del Tesoro y Política Financiera.

BOE-A-1994-1812Publicada: 26/01/1994MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**El Estado emite deuda para financiarse** Esta orden ministerial explica cómo el Estado español va a pedir prestado dinero a través de la emisión de deuda pública. Es una forma de conseguir fondos para poder pagar los gastos públicos y financiar proyectos. La decisión de emitir esta deuda se basa en leyes y presupuestos aprobados previamente por el Gobierno. Lo que cambia es que se concreta la cantidad y las condiciones bajo las cuales se emitirá esta deuda durante el año 1994 y hasta enero de 1995. Se delegan facultades al Director General del Tesoro y Política Financiera para que pueda gestionar estas emisiones, siempre dentro de los límites marcados por la ley y el Gobierno. La orden entra en vigor el 26 de enero de 1994, que es la fecha de su publicación. Esto significa que las disposiciones sobre la creación de deuda pública para ese periodo se aplican desde ese momento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1994 se enmarca en la gestión ordinaria de la financiación del Estado español. Antes de esta norma, la emisión de Deuda Pública ya estaba regulada por la Ley General Presupuestaria y se autorizaba anualmente a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. La novedad reside en la delegación de facultades específicas al Director General del Tesoro y Política Financiera para la emisión y gestión de esta deuda durante 1994 y enero de 1995, buscando agilidad y continuidad con las prácticas del año anterior. Esta práctica es común en la gestión financiera de los estados para cubrir déficits o financiar inversiones, y se alinea con las normativas de la Unión Europea sobre finanzas públicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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