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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 11 de abril de 1994 por la que se establecen las normas para la revisión de las condiciones económicas aplicables a la prestación de sistencia sanitaria concertada con entidades públicas y privadas para 1994.

BOE-A-1994-9536Publicada: 27/04/1994MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de precios para la sanidad concertada de 1994** Esta orden ministerial establece las nuevas tarifas y condiciones económicas para los servicios sanitarios que el Estado concierta con hospitales y centros privados. Su objetivo es actualizar los precios que se pagan por la asistencia sanitaria que no se presta directamente en centros públicos, reflejando la evolución de los costes. Concretamente, se revisan los importes máximos que se pueden pagar por día de hospitalización, diferenciando entre distintos tipos de servicios y ubicaciones geográficas. Además, se fomenta la atención domiciliaria para pacientes con problemas renales, permitiendo concertar servicios de diálisis en casa. La orden entró en vigor el 27 de abril de 1994, aplicando estas nuevas tarifas y condiciones para el ejercicio de ese año, con el fin de asegurar la continuidad y adecuación de los conciertos sanitarios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 11 de abril de 1994 actualiza las condiciones económicas de la asistencia sanitaria concertada, sucediendo a una normativa similar de 1993. Esta regulación es fundamental para el funcionamiento del sistema sanitario público, ya que define los precios que se abonan a entidades privadas por servicios prestados a pacientes del sistema público. A diferencia de otras CCAA que pueden tener normativas específicas, esta orden es de ámbito nacional. Su aprobación por el Ministerio de Sanidad es crucial para garantizar que los conciertos se ajusten a la realidad económica, permitiendo la continuidad de servicios esenciales y la adopción de nuevas tecnologías como la diálisis domiciliaria, lo que repercute directamente en la calidad y accesibilidad de la atención sanitaria para los ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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