Saltar al contenido principal
ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 7 de octubre de 2016, del Instituto Cervantes, por la que se crea la sede electrónica del Instituto Cervantes.

BOE-A-2016-9560Publicada: 19/10/2016MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Esta norma crea la sede electrónica del Instituto Cervantes. Se trata de una dirección de internet donde los ciudadanos pueden acceder a los servicios públicos que ofrece este organismo de forma electrónica. La sede funcionará de manera independiente, aunque podría colaborar con la del Ministerio de Asuntos Exteriores si se suscriben acuerdos de cooperación. Su dirección será https://sede.cervantes.gob.es. **¿A quién afecta?** Esta norma afecta a todos los órganos y unidades administrativas del Instituto Cervantes. También afecta a los ciudadanos, empresas y a la Administración Pública que necesiten realizar trámites o acceder a servicios del Instituto Cervantes por medios electrónicos. El Instituto Cervantes es responsable de gestionar la sede, mientras que la Secretaría General tiene su titularidad y la Vicesecretaría Técnica su gestión tecnológica. **¿Qué cambia o establece?** La norma establece que la sede electrónica debe incluir información actualizada sobre el organismo y sus responsables, un mapa de navegación, servicios de asesoramiento al usuario, verificación de certificados digitales, relación de sistemas de firma aceptados, acceso al perfil de contratante, información sobre protección de datos, enlaces oficiales, información sobre accesibilidad, y garantías de confidencialidad e integridad. Los ciudadanos podrán acceder a través de internet, presencialmente en la oficina de Madrid o por teléfono a los servicios que lo requieran.

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, el Instituto Cervantes carecía de una sede electrónica formalizada, limitando el acceso a sus servicios administrativos a canales presenciales y telefónicos. Esta iniciativa se alinea con la obligación establecida por la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común y la LSSI-CE, normas que ya exigían la constitución de sedes electrónicas en organismos públicos estatales. Aunque comunidades autónomas y ministerios ya contaban con dispositivos similares desde 2016, el Instituto Cervantes formalizaba tardíamente su cumplimiento. La resolución importa significativamente al ciudadano porque garantiza acceso digital a trámites administrativos, solicitudes de servicios y consultas sin desplazarse, mejorando la eficiencia, transparencia y accesibilidad de un organismo que gestiona la política lingüística internacional española. Además, facilita la integración con sistemas de firma digital y protección de datos, estándares propios de la administración electrónica moderna.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →