Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 19 de octubre de 1994 por la que se declara la exención por reciprocidad, a que se refiere el articulo 5.º de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, a las entidades de navegación aérea residentes en la República de Panamá.

BOE-A-1994-24674Publicada: 10/11/1994MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Exención fiscal para empresas panameñas de navegación aérea** Esta orden ministerial establece que ciertas empresas de navegación aérea que residen en la República de Panamá no tendrán que pagar el Impuesto sobre Sociedades en España. Esto se aplica incluso si estas empresas tienen representantes o agentes en nuestro país. La medida se basa en un principio de reciprocidad, lo que significa que España aplica esta exención porque Panamá hace lo mismo con las empresas españolas. Lo que cambia concretamente es que las empresas panameñas del sector de la navegación aérea se benefician de una reducción o eliminación de impuestos en España, facilitando así sus operaciones y relaciones comerciales entre ambos países. Para poder acogerse a esta exención, las empresas afectadas deberán obtener un certificado oficial expedido por la Dirección General de Tributos. Esta orden entró en vigor en el momento de su publicación, que fue el 10 de noviembre de 1994. Por lo tanto, es una medida que lleva vigente varias décadas y que regula aspectos fiscales de la actividad aérea internacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1994, la tributación de empresas extranjeras en España se regía por la Ley del Impuesto sobre Sociedades y los convenios internacionales. Esta norma específica introduce una exención por reciprocidad para entidades de navegación aérea panameñas, un mecanismo que busca equiparar el trato fiscal entre países. A diferencia de otras CCAA, esta es una medida de ámbito nacional. La UE también tiene normativas sobre fiscalidad internacional, pero estas exenciones específicas suelen depender de acuerdos bilaterales. La aprobación de esta orden por parte del Ministerio de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Tributos, demuestra la importancia de regular las relaciones fiscales internacionales para fomentar el comercio y la inversión, en este caso, en el sector aéreo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →