Resolución de 23 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modifican las normas de gestión técnica del sistema NGTS-06 "Repartos" y NGTS-07 "Balance".
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Esta resolución modifica dos normas técnicas que regulan cómo se distribuye y contabiliza el gas natural en el sistema español. Concretamente, modifica la norma NGTS-06 "Repartos", que establece cómo se asigna el gas que circula por las tuberías a los diferentes usuarios, y la norma NGTS-07 "Balance", que determina cómo se controla que el gas que entra y sale del sistema esté equilibrado. Estas modificaciones se hacen para adaptarse a nuevas reglas de balance establecidas por la autoridad de competencia. **¿A quién afecta?** Afecta a todos los usuarios del sistema de gas natural español, es decir, a los transportistas, distribuidores y comercializadores de gas, así como a los consumidores finales. También afecta a los responsables técnicos que miden el gas en los puntos de conexión entre diferentes redes y sistemas, como conexiones internacionales, almacenamientos, plantas de regasificación, y puntos de paso entre redes de transporte y distribución. **¿Qué cambia o establece?** La resolución establece que hasta que se apruebe un protocolo definitivo, la distribución de las pérdidas de gas (mermas) en los puntos de conexión se hará basándose en los consumos de clientes pequeños asignados a cada usuario, o en su defecto, en los consumos de clientes muy pequeños. La norma entra en vigor el 1 de octubre de 2016 y permite que los usuarios afectados presenten recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes.
💬 Contexto ciudadano
Las normas NGTS ya existían como marcos técnicos de distribución de gas, pero esta modificación de 2016 introduce cambios significativos en el criterio de asignación de mermas, alineándose con las reglas de balance europeas derivadas de la Directiva 2009/73/CE sobre el mercado interior del gas. Mientras que el sistema anterior presentaba ambigüedades en la distribución de pérdidas en puntos de conexión, esta resolución establece un criterio objetivo basado en consumos de usuarios pequeños, metodología que converge con estándares de otros operadores europeos y evita distorsiones competitivas. Como norma estatal española, es de obligado cumplimiento uniforme en todo el territorio, sin discrecionalidad autonómica, lo que distingue el gas del modelo más descentralizado de energía eléctrica. Para el ciudadano, esta precisión metodológica incide directamente en la fijación del peaje de acceso y en la transparencia de costes de distribución, factores relevantes en la formación del precio final del gas que consume.