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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 17 de mayo de 1995 por la que se establecen las normas para la revisión de las condiciones económicas aplicables a la prestación de asistencia sanitaria concertada con entidades públicas y privadas para 1995.

BOE-A-1995-12249Publicada: 24/05/1995MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de precios para la sanidad concertada en 1995** Esta orden ministerial establece las nuevas tarifas y condiciones económicas para los servicios de asistencia sanitaria que el sistema público contrata con hospitales y centros médicos privados. Su objetivo es actualizar los precios que se pagan por estos servicios, teniendo en cuenta la evolución de los costes y la inflación. Lo que cambia concretamente es que se fijan unos importes máximos y unos porcentajes de aumento para los conciertos sanitarios vigentes. Esto afecta a la hospitalización, consultas, intervenciones menores y urgencias, detallando las tarifas en pesetas para diferentes grupos y niveles de atención en la península, Baleares, Ceuta y Melilla. La orden entró en vigor el 24 de mayo de 1995, aunque las nuevas tarifas se aplican con efectos desde el 1 de enero de 1995, actualizando las condiciones establecidas el año anterior. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 17 de mayo de 1995 actualiza las condiciones económicas de la asistencia sanitaria concertada, un sistema por el cual el sector público paga a entidades privadas por prestar servicios de salud. Esto se basa en la Orden de 1994 que ya fijaba las normas. La actualización se justifica por la evolución de los precios y las previsiones para 1995. A diferencia de normativas más recientes que podrían ser autonómicas o europeas, esta es una orden ministerial de ámbito nacional de 1995. Su importancia radica en que establece los límites económicos para la colaboración público-privada en sanidad, afectando directamente a los costes del sistema y a la remuneración de los centros concertados. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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